lunes, 27 de octubre de 2014

Luigi Boria depende de la Quinta Enmienda

O brindamos total confianza a nuestros funcionarios electos o dejamos en manos de comisiones externas los destinos de nuestra ciudad y detrás de ellos, quienes solo quieren volver al poder con ideas anacrónicas, para satisfacer sus intereses particulares y no los de sus ciudadanos.

(Fanny Vera)
El próximo 4 de Noviembre serán sometidas a los electores de Doral Cinco enmiendas, las cuales - y esto lo aseguro -están a la altura de las necesidades de nuestra hermosa y pujante ciudad.
Analizando cada una de las enmiendas, resalto dos, en principio, de gran importancia para Doral, porque de lo contrario el anacronismo volvería a nuestra ciudad si no le damos el SI a este grupo de reformas de la Carta Constitucional.
QUINTA ENMIENDA
  • La Carta Constitucional dispone que nadie puede ocupar un cargo electivo durante más de dos plazos en 
    el cargo. Se propone enmendar la Carta Constitucional de modo de exigir que las personas que 
    desempeñen la función de Concejal o de Alcalde durante dos plazos consecutivos no ocupen el cargo 
    durante cuatro años, un plazo en el cargo, antes de procurar la reelección en el cargo anterior. Esto no 
    se aplicaría a quienes pasaran de Concejal a Alcalde y viceversa.  (VOTA SI)
Luigi Boria, depende de esta Quinta Enmienda, para Reelegirse como  Alcalde de la Ciudad. ¿Cual es el transfondo de la norma aprobada el pasado mes de agosto? No permitir a Boria sea nuevamente el Alcalde de Doral?
Si el Alcalde o Concejal ha estado ejerciendo su cargo durante dos términos, y aspira continuar trabajando en beneficio de un colectivo, entonces ¿Porqué debe abandonar sus aspiraciones políticas y su razón de volver a postularse a una silla?. ¿No tiene Luigi Boria ese derecho? . ¿Es que acaso se está cuestionando su deseo de servir? ¿Porque obligar a una persona con aspiraciones y don de servicio, a retirarse de algunos de los cargos a los que alcanza por voluntad popular? ¿No desea, usted amigo lector, que Luigi Boria sea reelecto como Alcalde de la ciudad de Doral?
Es el elector quien decide si le da o no, el voto a Luigi Boria. ¿Porqué cerrarles las puertas ante de su posible reelección? No permitamos la manipulación. Aquí no se trata de aferrarse a los cargos, sino de hacer carrera política, de tener el derecho a servir a otros, hacerlo bien y tener meritos para aspirar a continuar ejerciendo en el cargo que desee, si es que el elector le da su voto como reconocimiento de su gestión.
CUARTA ENMIENDA
  • La Carta Constitucional autoriza el nombramiento del Administrador mediante votación del Concejo tras 
    recibir las recomendaciones del comité de selección. Se propone enmendar la Carta Constitucional de 
    modo de disponer que, al producirse una vacante en el puesto de Administrador, el Alcalde nomine a un 
    sustituto dentro del período de tiempo que el Concejo en funciones considere razonable y en lo sucesivo, 
    si no se nomina a ningún sustituto, los Concejales tengan la oportunidad de nominar a un candidato. (VOTA SI)
La Cuarta Enmienda también es interesante. Es que hablar de la Administración de los bienes públicos implica trabajo en equipo, eficiencia en la gestión, liderazgo, toma de decisiones, confianza.  Un tema que ya ha sido, bien discutido en Doral, entre quienes hacen opinión pública, es el caso del Manager, quien, según la norma, debe ser recomendado por una comisión externa conformada por personas seleccionadas por los concejales. Ya solo al escribir sobre su selección, me agota...¿Tanta burocracia para nombrar a un funcionario que debe ir de la mano con  la visión de ciudad que tenga un Alcalde y más allá, los concejales?. ¿A los intereses de quien podría, según esta norma, responder el administrador?
En nuestro Caso Doral, el "Manager", debe ser nombrado por el Alcalde. Se convierte en la persona de confianza para ejecutar  los planes y proyectos para el desarrollo de la ciudad. Yo votaría a favor de esta enmienda. En principio, porque es la forma más expedita de nombrar un funcionario que  debe, como administrador,  hacer cumplir las estrategias que el "Mayor" y los concejales prevén el desarrollo de la ciudad.  Y segundo, porque se deja a un lado la burocracia en esta ciudad, que exige dar pasos inmediatos, sin tantas comisiones que pareciera tuvieran más poder, que los mismos funcionarios electos.
Otras tres enmiendas que aparecen en la boleta y merecen el SI, aunque usted es quien decide, son las siguientes.
  • Se propone enmendar la Carta Constitucional de modo de autorizar al Concejo a establecer las elecciones relativas a dichas enmiendas para que coincidan con las elecciones primarias o generales del estado/condado de años pares y de exigir que las reuniones de la Comisión de Revisión de la Carta Constitucional se lleven a cabo después de horas laborables.  (VOTA SI)
Como se recordará las recientes enmiendas sometidas ante los electores,  se decidieron y redactaron - y no quisiera exagerar - casi a puertas cerradas en horario de la mañana cuando los ciudadanos cumplían labores de trabajo y por lo tanto no podían asistir ni opinar sobre las mismas. Además en fecha de poca participación.
  • La Carta Constitucional dispone que se celebren elecciones de segunda vuelta, si son necesarias, el cuarto martes de noviembre. Se propone enmendar la Carta Constitucional de modo de exigir que las elecciones de segunda vuelta se cambien al primer martes de diciembre, a fin de evitar que las elecciones tengan lugar durante la semana del Día Festivo de Acción de Gracias. (VOTA SI)
Esta modificación conlleva a mayor participación. Sabemos que el Día de Acción de Gracias, y por consiguiente los días previos y posteriores  tienden a generar una gran movilización en el país, lo que hace que se le preste poca atención a  un proceso electoral tan importante como la Segunda Vuelta.
Por último:
  • Se propone enmendar la Carta Constitucional de modo de autorizar a los concejales y al alcalde a contratar, supervisar, dirigir y despedir de forma individual a sus empleados correspondientes, con la salvedad de que, con aviso al Concejo de la Ciudad, el administrador retendrá el derecho a imponer medidas disciplinarias razonables, incluso el despido, por infracciones de las leyes y normas de la Ciudad. (VOTA SI)
Esta última también evitaría procesos burocráticos, decisiones tendenciosas o que respondan a  intereses desconocidos. La evaluación, la meritocracia y el perfil de algunos empleados deben responder a la visión de ciudad que tengan los funcionarios electos, Alcaldes y Concejales
Depende de usted, el progreso de su ciudad. O brindamos total confianza a nuestros funcionarios electos o dejamos en manos de comisiones externas los destinos de nuestra ciudad y detrás de ellos,  quienes solo quieren volver al poder con ideas anacrónicas,  para sus intereses particulares y no los de sus ciudadanos.
VOTA SI A ESTAS CINCO ENMIENDAS...HAZLO POR DORAL

Jueza no nombró nueva “autoridad” de Doral

La Autoridad y Dios
(Fanny Vera) Alegando que podría presentarse un conflicto de intereses, la Jueza de la Primera Corte del Circuito Once, Bertila Soto, se rehusó a nombrar  al oficial que haría cumplir la constitución de la ciudad, (Office of Charter Enforcement, “OCE”),  figura que fue aprobada en la consulta reciente por los residentes del Doral.
En la reunión especial de la Ciudad, celebrada este Lunes 22, con la presencia de  Robert Meyers, experto en material legal, se propuso una reunión de trabajo con todas las agencias involucradas en materia de ética y cumplimiento de la Ley  para conocer cual sería la forma del trabajo y  el impacto que tendrá esta Oficina  con otras instituciones que vienen haciendo esta labor de fiscalización.
Es por ellos que los concejales y el Alcalde Luigi  Boria, aprobaron la propuesta de Meyers, para que se estudie  el asunto, en un encuentro interinstitucional donde se convocarán a representantes  de la Oficina Fiscal del Estado,  Procurador General,  el Inspector General del Condado de Miami-Dade,  y la Comisión  de Etica.
Mientras esto se decide, habrá que esperar  que el Presidente de la Comisión de Etica, del condado de Miami Dade, Joseph Centorino, nombre o no a la persona encargada de la OCE,  en los próximos días como lo exige la norma.
OFICINA DE CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCION
Recordaré que la Oficina para el Cumplimiento de la Constitución tendría como principal objetivo supervisar los procedimientos de los funcionarios de la ciudad.
La norma dice textualmente  que la responsabilidad de la OCE será el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal, la Ley del Estado, la Ley del Condado, la Carta Constitutiva del Doral, Ordenanzas de la Ciudad, y Reglamentos.
Además Supervisará, y si es necesario investigará, todas las actividades de la Ciudad realizadas por los funcionarios electos, directores, empleados, a quienes están en los cargos designados y cualquier actividad que refleje negativamente el gobierno de Doral.
Destaca la norma que la Oficina estará dirigida por el Oficial del Cumplimiento de la Carta. La organización y administración de la OCE serán independientes del Concejo de la Ciudad, departamentos y de los empleados de la Alcaldía para asegurar que no haya interferencia o influencia externas a la OCE que afecten su objetividad.
Importante también es destacar que la enmienda también refiere que no más tarde del 1 de diciembre de 2014, la OCE seleccionará un panel de cinco (5) consejeros de audiencia para servir en la Ciudad de Doral, lo que para muchos solo es más gastos a la ciudad.